Las afecciones ambientales
son las más importantes que hay ahora mismo en la redacción de un planeamiento.
El tratamiento de esos informes es complicado al derivarse de muchas normas europeas, las cuales van cambiando constantemente.
Son los informes sectoriales dentro de un Plan General de Ordenación Municipal
(PGOM) con más calado y complejidad conforme a la Ley de Impulso a la
Sostenibilidad (LISTA).
En concreto está la Evaluación
Ambiental Estratégica (EAE) donde existen tres puntos en concreto en los
que el procedimiento se atasca:
- La
Admisión a trámite.
- El
Informe de gestión del medio natural con la interpretación de los hábitats de
interés comunitario, y sobre todo el tratamiento de los mismos porque el
criterio se ha ido endureciendo, hasta el punto que muchas veces te deja en un
callejón sin salida y del que no hay vuelta atrás.
- y
la Caducidad.
Respecto al Planeamiento Urbanístico
de Desarrollo, esto es, el Plan Especial, el Plan de Reforma Interior, el Estudio
de Detalle y los Estudios de Ordenación, los cambios que ha conllevado la LISTA
en esos instrumentos son varios, entre otros lo que antes eran Planes de Desarrollo ahora se han convertido en “Instrumentos de Ordenación Urbanística Detallada”
porque no desarrollan nada.
Al profundizar en los estudios de
ordenación -herramienta nueva que recoge la LISTA- sabemos que existen al menos
un 99% de municipios que no hicieron un plan general adaptado a la LOUA, en el que
se contemplaba la figura de los planes especiales, de modo que cuando a alguien
se le ocurría hacer una actuación de dotación o de incremento de
aprovechamiento, en el mejor de los casos la Junta le decía que lo hiciera como
una innovación del Plan General y ahí se moría el proceso porque no había
manera de hacerlo. Ese procedimiento estaba mal visto, la Junta no terminaba de
aprobarlo, en los Ayuntamientos se encontraban con el rechazo de la oposición,
en la prensa se vendía mal y el público en general no lo entendía, y además
estaba medio ambiente que lo consideraba gravísimo. Ahora la LISTA lo ha
solucionado al crear los estudios de ordenación que son “autosuficientes”
para una actuación de mejora urbana y desarrollarla.
Por otro lado, en lo que se
refiere a los Estudios de Detalle, son una figura de las más útiles que hay en
las leyes urbanísticas desde siempre, ya que resuelven las cuestiones más
habituales que se plantean en el día a día de la planificación de una ciudad.
La LOUA le dio carácter de planeamiento de desarrollo, pero de segundo nivel,
porque necesitaba contar antes con otras figuras como un Plan Parcial. Pero ahora
la LISTA, ha vuelto a lo antiguo y refleja que no es una figura de planeamiento
de desarrollo, pero sí es complementaria, bajándola al tercer nivel.
FUENTE: reurbanismo.com